La Unión Europea vuelve a habilitar el ingreso de equinos procedentes de Uruguay

La Comisión Europea evaluó favorablemente el programa de vigilancia de la surra presentado por Uruguay y aprobó su reincorporación a la lista de países autorizados para exportar equinos al mercado europeo
octubre 21, 2026
Tiempo de lectura: 3'
La nueva disposición entrará en vigor a partir de este jueves 22 de octubre de 2026.

La Unión Europea restableció la habilitación sanitaria para el ingreso de equinos procedentes de Uruguay, luego de evaluar favorablemente el programa de vigilancia epidemiológica de la surra (*) presentado por la Dirección General de Servicios Ganaderos (DGSG) del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.

La decisión quedó establecida en el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/2188, publicado el 2 de octubre en el Diario Oficial de la Unión Europea, que modifica los anexos del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 y vuelve a incluir a Uruguay entre los países autorizados para el ingreso de determinadas categorías de equinos.

La nueva disposición entrará en vigor este jueves 22 de octubre de 2026, una vez cumplidos los veinte días previstos desde su publicación.

La suspensión de las certificaciones se había producido como consecuencia del brote de surra detectado en abril de 2026 en un establecimiento del departamento de Tacuarembó.

En respuesta a esta situación, la DGSG presentó ante la Comisión Europea el plan de vigilancia epidemiológica de la surra que ya venía implementando en el país, como parte de la documentación técnica necesaria para recuperar la habilitación sanitaria.

La normativa europea establece, como requisito general, períodos mínimos sin casos de determinadas enfermedades para autorizar el ingreso de animales. En el caso de la surra, ese período es de 24 meses.

Sin embargo, el artículo 22, apartado 3, del Reglamento Delegado (UE) 2020/692 contempla la posibilidad de reducir ese período bajo condiciones específicas. Para la surra, estas incluyen la ausencia de casos de infección en el establecimiento de origen durante, al menos, los seis meses previos a la expedición de los equinos hacia la Unión Europea y la existencia de un programa de vigilancia reconocido por la Comisión Europea que permita demostrar la ausencia de infección durante ese período.

La evaluación favorable del programa presentado por Uruguay fue, por tanto, un elemento fundamental para avanzar en la recuperación de la habilitación, sin perjuicio de la continuidad de las actividades de vigilancia y los controles sanitarios previstos.

Desde la detección del brote, los equipos técnicos de la DGSG mantuvieron un intercambio de información con las autoridades europeas, aportando documentación sobre la evolución de la situación sanitaria, las medidas adoptadas y el programa de vigilancia elaborado.

La entrada en vigor de la nueva disposición permitirá retomar las certificaciones sanitarias para las categorías de equinos comprendidas en la habilitación europea, siempre que se cumplan los requisitos sanitarios aplicables, incluidas las condiciones específicas relacionadas con la surra.

La DGSG continuará con los muestreos serológicos y las demás actividades de vigilancia previstas durante el período establecido, a fin de verificar la situación sanitaria y dar cumplimiento a las condiciones exigidas.

Asimismo, comunicará a los operadores las indicaciones correspondientes para la reanudación de las exportaciones.

Un mercado relevante para el sector ecuestre

La actividad ecuestre uruguaya comprende distintos segmentos comerciales, entre ellos la exportación de caballos deportivos y reproductores. Se trata de operaciones en las que los requisitos sanitarios, los protocolos de certificación y las condiciones de transporte internacional son determinantes para concretar los negocios.

La suspensión aplicada en abril había generado dificultades para los operadores vinculados a los envíos de animales vivos, particularmente en aquellos circuitos comerciales que requieren escalas en territorio europeo antes de alcanzar su destino final.

Con la entrada en vigor de la nueva disposición, los exportadores podrán retomar los trámites sanitarios correspondientes a las categorías habilitadas, siempre sujetos al cumplimiento de los requisitos exigidos por las autoridades competentes.

La medida no elimina la necesidad de mantener los controles ni supone una autorización automática para cualquier animal o establecimiento. La certificación dependerá de las condiciones sanitarias aplicables y de la documentación exigida para cada operación.

La decisión europea reconoce el programa de vigilancia presentado por Uruguay y permite restablecer el acceso sanitario de los equinos comprendidos en la regulación. Para el país, el desafío será mantener la vigilancia epidemiológica y asegurar el cumplimiento de las condiciones que hicieron posible recuperar la habilitación.

Desde la perspectiva logística, la reanudación de los envíos también permitirá normalizar progresivamente las operaciones que dependen de la disponibilidad de certificaciones sanitarias y de la coordinación entre exportadores, servicios veterinarios, transportistas y operadores internacionales.

(*) La surra es una enfermedad parasitaria que afecta a los animales —principalmente a los equinos y otros mamíferos— causada por el protozoo Trypanosoma evansi.

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