“Cielos abiertos”: Argentina desregula el sector aeronáutico

El decreto establece el acceso a los mercados aerocomerciales, la derogación de normas y la modificación del Código Aeronáutico
julio 11, 2024
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El gobierno argentino comenzó con la desregulación del sector aerocomercial. A través del Decreto 599/2024, publicado hace instantes en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo aprobó la reglamentación que establece el acceso a los mercados aerocomerciales, deroga normas y modifica el Código Aeronáutico, informó la prensa de ese país. El objetivo es continuar fomentando la competencia y eliminar trabas que están vigentes desde mediados del siglo pasado.

La medida impacta en las autorizaciones aerocomerciales para operar en territorio argentino. Las mismas serán otorgadas para realizar las actividades de transporte aéreo interno e internacional de pasajeros y/o de cargas, para servicios regulares o no regulares, realizados con aeronaves; para el trabajo aéreo y para los servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general.

Se trata de una iniciativa que permite que haya más operadores de rampas y que cada aerolínea pueda elegir la empresa que le brinda el servicio. En la actualidad, Intercargo tiene la exclusividad y algunas aerolíneas, como Flybondi y American Airlines, se autoprestan.

Se va a permitir que las aerolíneas realicen los contratos que quieran, lo cual previamente se encontraba limitado. Ahora solo van a necesitar la aprobación de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).

“La actividad regulada por el presente reglamento se regirá por los siguientes principios: a) Libre acceso al mercado de nuevos explotadores a través de procedimientos administrativos breves y ágiles. b) Estímulo a la competencia leal entre los distintos explotadores. c) Desregulación tarifaria. d) Resguardo de la seguridad operacional. e) Vigilancia operacional continua de los servicios autorizados. f) Libertad en la fijación de frecuencias, en su caso, declarándolas inicialmente en su plan de negocios, para su análisis sujeto a estrictos criterios operativos y a la necesidad de que el tráfico aéreo se desarrolle de manera segura y ordenada. g) Intervenciones de la Administración Pública Nacional limitadas y eficientes, de carácter digital/electrónico, tendientes exclusivamente a la preservación de los principios enunciados precedentemente. h) Transparencia en la medición, asignación y utilización de la capacidad aeroportuaria”, indicó el Gobierno.

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