Argentina suspendió cobro de peaje en la hidrovía Paraná-Paraguay

La medida argentina había generado el rechazo de Paraguay y del resto de los países miembros del acuerdo de Santa Cruz de la Sierra.
mayo 4, 2023
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La decisión unilateral argentina había generado descontento en la región.

Argentina resolvió dejar en suspenso el cobro de una tasa de peaje para un tramo de la hidrovía Paraná – Paraguay. La suspensión sería por un plazo de 15 días. La medida unilateral adoptada por Argentina había sido rechazada desde su vigencia, el 1° de enero pasado, tanto por Paraguay como por el resto de los países del Mercosur.

Según las estimaciones iniciales, las más de 2.700 embarcaciones que usan la hidrovía tendrán que pagar entre US$35 y US$40 millones al año por el peaje, mientras que las embarcaciones argentinas pagarán una suma en pesos, lo que generó descontento entre los demás países de la región. El experto uruguayo, Dr. Edison González Lapeyre, redactor del Tratado del Río de la Plata, señaló este jueves su beneplácito con la decisión argentina de dejar en suspenso la medida, a través de una columna de opinión en el semanario Búsqueda titulada «Buenos vientos en el Río de la Plata».

En enero pasado, los países miembro del acuerdo de Santa Cruz de la Sierra, Brasil, Uruguay y Bolivia, se unieron al reclamo de Paraguay y solicitaron a la República Argentina la no aplicación del cobro del peaje a la navegación por la Hidrovía ParaguayParaná. A petición de la delegación de la República del Paraguay, se llevó a cabo con carácter de urgencia la LVII Reunión de la Comisión del Acuerdo de la Hidrovía Paraguay-Paraná, bajo Presidencia Pro Tempore de la República Oriental del Uruguay, en la sede de la embajada uruguaya en Buenos Aires, Argentina.

En la ocasión, la delegación del Paraguay reiteró su rechazo a las disposiciones administrativas dictadas por el Ministerio de Transporte argentino (resoluciones número 625/2022 y 1023/2022), en atención a las disposiciones comunes vigentes del Acuerdo de Santa Cruz de la Sierra, que precautelan la libertad de navegación y de tránsito por la Hidrovía de las embarcaciones, bienes y personas de los países signatarios.

Estas disposiciones establecen, entre otras cosas, que sólo podrá cobrarse tasa retributiva de los servicios efectivamente prestados, sin discriminación a causa del origen de la carga de los puntos de partida, de entrada, de salida o de destino o de cualquier circunstancia relativa a la propiedad de las mercancías, de las embarcaciones o de la nacionalidad de las personas.

Luego de la exposición de los efectos negativos que la medida unilateral argentina ocasionaría al comercio exterior paraguayo y a la competitividad del transporte fluvial para el acceso a los mercados de ultramar, la delegación del Paraguay recibió el apoyo de las delegaciones de Bolivia, Brasil y Uruguay, en cuanto a lo expuesto, así como a la solicitud hecha a las autoridades argentinas de suspender la medida mencionada.

Asimismo, Bolivia, Brasil, Paraguay y Uruguay consensuaron convocar el “Grupo de trabajo para el estudio de obras de dragado en la Hidrovía”, a fin de mantener un diálogo regional sobre esta materia y avanzar en el intercambio técnico pendiente y necesario para ponderar la pertinencia de las medidas administrativas citadas y verificar el nivel o alcance de eventuales servicios prestados en el tramo de afectación, en consonancia con los objetivos trazados por el Acuerdo de la Hidrovía Paraguay-Paraná.

A pesar de las consideraciones expuestas, la República Argentina mantuvo su posición y no acompañó la propuesta consensuada por los demás Estados signatarios. No obstante, se comprometió a proveer la información que sea solicitada por los países partes, posibilitando la continuidad del diálogo en las instancias técnicas.

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